sábado, 15 de marzo de 2014

LO QUE PENSAMOS SOBRE LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL

Es sabido que el Código Penal pide a gritos una reforma, por lo inconsistente de su estructura, su disparidad y deficiente sistematicidad.
Valoramos el trabajo realizado en la comisión presidida por el Juez de la CSJN E.R Zaffaroni y conformada por legisladores de distintos partidos políticos (oficialismo y oposición).
Así las cosas, creemos que es menester la participación de todos los sectores de la sociedad en las modificaciones o reformas de la legislación argentina (entiéndase, reforma del Código Civil, posible reforma constitucional, incorporación del juicio por jurados en la provincia de BS AS, etc). No entendemos al derecho como una ciencia circunscripta a los alcances de la academia, de los doctrinarios, jueces, abogados, juristas o docentes. Rechazamos esta visión elitista que limita la participación ciudadana en discusiones que hacen al cambio en la matriz jurídica.
Queremos sincerar, más allá de las críticas, nuestra alegría al poder ver en el anteproyecto de reforma del CP ciertas muestras de la intención de reducir y contener el poder punitivo (que se manifiesta de manera irracional y es selectivo en su aplicación). Creemos que la posibilidad de aplicación de penas alternativas, como ser la pena de multa con un fin retributivo, muestran una diferencia con el Código Penal hasta ahora vigente, ya que se vuelve a contemplar a la víctima que sufrió la lesión al bien jurídico (desplazada hacia un costado por el Estado con el surgimiento del derecho penal). Más teniendo en cuenta que la víctima no percibe ningún beneficio al aplicársele al sujeto activo del delito una pena privativa de la libertad, salvo que pensemos al derecho en términos de venganza y aboguemos porque el que cometió un delito "se pudra en la cárcel".
En este sentido, es clara nuestra postura, y aquí nuestra crítica al anteproyecto o nuestro sentimiento de que pudo haberse hecho más. Pues, aunque se establecen penas alternativas, no nos parece significativa la reducción en las penas que se han establecido en distintos delitos (hurto, robo, etc). Decimos esto porque estamos convencidos de que la pena privativa de la libertad no ha encontrado en la historia eficiencia alguna. Sabemos que la cárcel no cumple con la función establecida de reinsertar, reeducar, resocializar a los internos y que lejos está de ser "sana y limpia para la seguridad de los reos" como dice la CN.
A nadie se le puede enseñar cómo vivir en libertad, encerrado. Somos firmes en esta postura. El sistema penal no genera sino más violencia, las cárceles reproducen la violencia social, no solo intramuros (entre los privados de su libertad y por parte del servicio penitenciario) sino en el afuera. Por ello, creemos que las problemáticas sociales no se solucionan tras los paredones de una unidad penitenciaria de máxima seguridad, pues tan sólo se las llega a invisibilizar.
Aunque desde el gobierno nos traten de convencer de que este es un "código abolicionista", en su afán por intentar conservar su discurso progresista (imposible de mantener luego de las últimas medidas económicas), muy lejos está de ser una expresión del abolicionismo penal, a nuestro pesar.
Coincidimos sí, con algunas de las modificaciones que se realizan en la parte general: la incorporación expresa de principios tales como el de humanidad, el de ofensividad o el de proporcionalidad resultan oportunos y más aún si tenemos en cuenta que son fundamentales a la hora de entender a nuestro código como lo que es: una simple ley que tiene encima a nada más y nada menos que la Constitución y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos con jerarquía constitucional. Por ello es también que celebramos que se plantee en el anteproyecto la eliminación del instituto de reincidencia, justamente por su ya demostrada inconstitucionalidad.
Concordamos además con las atenuantes que se incorporan para el cómputo de la pena: ser menor de veintiún años o mayor de setenta al momento del hecho; las circunstancias personales, en especial la miseria y también las circunstancias que se plantean para la exención de la pena (la insignificancia por ejemplo).
El uso y manoseo que han hecho a la reforma del código penal los sectores de la derecha argentina que pretenden quedarse con el gobierno en el 2015 (Mauricio Macri y Sergio Massa) es obsceno y detestable. Esta ley hay que discutirla enserio, con el tiempo que merece y abriéndolo a la comunidad en general.
Si se aprueba el anteproyecto, más allá del avance que viene a significar en muchos terrenos,  vamos a seguir teniendo un CP conservador, donde, entre otras cosas, la mujer sigue siendo penalizada por decidir sobre su cuerpo al practicarse un aborto, donde las penas de los delitos contra la propiedad siguen siendo elevadas en consideración a otros delitos y donde sigue dándosele lugar a la pena de prisión preventiva, instituto que viene a romper con toda idea de debido proceso.


Comisión de Derecho Crítico
Próximo CED

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